ActualidadActualidad ChileChileDerechos HumanosDictaduraMemoriaUnidad Popular

Tribunal ordena al Estado indemnizar a los marinos antigolpistas torturados por la Armada desde agosto de 1973

En una sentencia de primera instancia de significación histórica por los hechos que allí se constatan, el 21° Juzgado Civil de Santiago en sentencia emitida este lunes 23 de septiembre condenó al Fisco obligándole a indemnizar a los marinos antigolpistas y constitucionalistas torturados por la Armada desde agosto de 1973, en la etapa de preparación final del Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.

Son los marinos que en la antesala y gestación del Golpe de Estado definitivo contra el Gobierno de la Unidad Popular y Salvador Allende, intentaron de distintos modos detener el movimiento golpista, siendo capturados y sometidos a torturas en las semanas previas al 11 de septiembre de 1973.

En esta sentencia, se trata de los hechos referidos a los marinos Wilibaldo Juan Arestey Rodríguez, Maximiliano Alfredo Domínguez Moreno, Aurelio Erasmo Aravena González, Silverio Doroteo Lagos Muñoz, Sergio Edinson Fuentes Paredes, Tomás Segundo Alonso Molinet, Mario Patricio Cordero Cedraschi, Tomás de la Cruz Matus Poblete y Óscar Miguel Estay Díaz, detenidos y torturados en recintos de la Armada en Talcahuano y Valparaíso.

En la sentencia de la causa rol 8.168-2019, el juez Marcelo Rojas Sepúlveda rechazó las defensas del Fisco, que ha seguido recurriendo al argumento de la prescripción de las acciones reparatorias de indemnización a las víctimas de crímenes de lesa humanidad bajo la dictadura civil militar de 1973 a 1990, estableciendo el tribunal que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles tanto en sede penal (para perseguir penalmente a los autores) como civil (para indemnizar a las víctimas), señalando los diversos instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos para fundar su decisión.

En este caso, el tribunal estableció la suma de 50 millones para una de las víctimas, y 70 millones de pesos para cada una de las otras víctimas.

Fuente y sentencia completa: sitio del Poder Judicial.


Ver relacionado:

Notas relacionadas

Botón volver arriba